Con relación a la información que el Banco ha de transmitir al Cliente respecto a los productos y servicios que le ofrece, se mantiene que el derecho a la información en el sistema bancario y la tutela de la transparencia bancaria es básica para el funcionamiento del mercado de servicios bancarios. Su finalidad es tanto lograr la eficiencia del sistema bancario como tutelar los derechos de los clientes a través tanto de la información precontractual, en la fase previa a la conclusión del contrato, como en la fase contractual, mediante la documentación contractual exigible.
La hipotecas multidivisa son productos de elevado riesgo e inadecuados para los clientes de perfiles conservadores. En estos casos, la entidad bancaria no debe aconsejar ni comercializar inversiones de riesgo por beneficiosas que parezcan en el momento de su contratación. Menos aún cuando se trata de préstamos destinados a la adquisición de un derecho tan básico como lo es la vivienda.
Así mismo, las omisiones en el deber de información ofrecida por el banco sobre aspectos principales del contrato, unida a que la facilitada es en muchos aspectos equívoca, puede producir en el cliente un conocimiento equivocado sobre el verdadero riesgo que asume.
En este sentido se pronuncia la Audiencia Provincial de Madrid en su sentencia de 28 de marzo en la que declara la nulidad parcial del préstamo multidivisa:
“Las fluctuaciones del tipo de cambio requieren un grado superior de transparencia y claridad en la redacción de las cláusulas económicas del préstamo multidivisa, a fin de que sean comprensibles para un cliente medio, no procesional y sin conocimientos específicos sobre productos de esta clase, así como una información precontractual, acompañada de simulación de diversas situaciones o hipótesis que pueden darse en el funcionamiento del producto…”
Y es que, la comercialización de este tipo de productos ha estado generalmente acompañada por una falta de información suficiente sobre los riesgos inherentes a los mismos y es por eso que este tipo de cláusulas pueden ser anuladas por la vía judicial.