Es el arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. Puede ser por una vivienda completa, o por una o varias de sus dependencias.
No lo son, los arrendamientos de temporada (viviendas para vacaciones, para estudiantes durante el curso escolar, para trabajadores mientras dura un contrato de trabajo), o los celebrados para ejercerse en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente.